DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No.13155
23 de diciembre, 2011
DFOE-EC-0661
Licenciado
Alfredo Cordero Chinchilla
Secretario Junta Directiva
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Estimado señor:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2012 de la
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los señores miembros de Junta
Directiva, y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, me
permito remitirle el presupuesto inicial de esa entidad aprobado parcialmente por la suma
de ¢14.610.609,6 miles.
Sobre el particular le indicamos lo siguiente:
1. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. Origen del estudio y alcance
El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General
de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa
Rica, 18 de su Ley Orgánica No. 7428 y otras leyes conexas.
Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes
documentos: el presupuesto ordinario y el plan operativo institucional, que fueron
aprobados por la Junta Directiva, según consta en el acta de la sesión extraordinaria No.
61-2011 celebrada el 26 de setiembre de 2011, y que fueran remitidos con el oficio No.
455-GG-2011 del 30 de setiembre de 2011.
El estudio se realizó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las
circunstancias, la normativa técnica que rige la materia y la emitida por la Contraloría
General de la República, según su competencia. El cumplimiento del bloque de legalidad
en relación con la etapa de formulación y aprobación interna es responsabilidad del
jerarca y los ...
Fecha publicación: 13/01/2012
Fecha emisión: 23/12/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13192
23 de diciembre, 2011
DCA-3390
Licenciado
Victor Morales Mora
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Estimado señor:
Asunto: Se otorga autorización a la Municipalidad de Aserrí para que contrate en forma
directa con la empresa Agencia de Seguridad Máxima S. A. los servicios de
seguridad para las instalaciones municipales, por un plazo máximo de dos meses a
partir del 01 de enero del 2012 y hasta el 29 de febrero del 2012, y por un monto
mensual de ¢3.744.451,78.
Damos respuesta a su oficio MA-744-2011 de fecha 13 de diciembre del año en curso,
complementado con el oficio MA-801-2011 del 23 de diciembre último, mediante el cual solicita la
autorización de esta Contraloría General para que la Municipalidad de Aserrí pueda contratar en
forma directa con la empresa Seguridad Máxima S. A. los servicios de seguridad para las
instalaciones municipales, a saber: oficinas centrales, cementerio municipal y biblioteca pública
municipal, en tanto se concluye el proceso de contratación que se encuentra en trámite.
I. Antecedentes y justificaciones de la solicitud:
Como razones dadas para justificar la solicitud, indica lo siguiente:
Que esa municipalidad inició un proceso de contratación por medio de la licitación 2011LA-
000001-07 para la contratación de una empresa que brinde los servicios de seguridad para la
Municipalidad de Aserrí y sus dependencias, la cual se dio a conocer mediante publicación en La
Gaceta No. 203 del 24 de octubre del 2011.
Que el 12 de diciembre, el Concejo Municipal acordó adjudicar a la empresa Seguridad
Máxima S. A. la licitación, en razón de ser la que obtuvo la mayor calificación de acuerdo al
sistema de evaluación estipulado en el cartel.
Que la solicitud de contratar en forma directa se basa en la necesidad de contar con un ...
Fecha publicación: 11/01/2012
Fecha emisión: 23/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 501-8000 F: (506) 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 12509
FAX Nro. 2230-2090
12 de diciembre, 2011
DFOE-DL-1143
Señor
Martin Valverde Chinchilla
Secretario Municipal
MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ
Licenciado
Víctor Morales Mora
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ
San José
Estimados señores:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2012 de la
Municipalidad de Aserrí.
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los miembros del Concejo
Municipal, así como para que se emitan las instrucciones a las instancias que resulten
pertinentes, me permito remitirle el presupuesto inicial de esa Municipalidad, aprobado
parcialmente por la suma de ¢1.482.346,2 miles.
Sobre el particular le indicamos lo siguiente:
1. CONSIDERACIONES GENERALES.
1.1. ORIGEN DEL ESTUDIO Y ALCANCE.
El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General
de la República en los artículos 184 de la Constitución Política, 18 de su Ley Orgánica
Nro. 7428, 97 del Código Municipal y otras leyes conexas.
Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista el presupuesto inicial y
el plan operativo institucional, que fueron aprobados por el Concejo Municipal, según
consta en la copia del acta de la sesión Nro. 29 celebrada el 23 de setiembre de 2011 y
que fueran remitidos con el oficio Nro. MA-573-2011 del 29 de setiembre de 2011, así
como información complementaria recibida mediante oficios Nros. CON-021-2011,
CON-023-2011, CON-027-2011, MA-700-2011 y CON-033-2011 del 11, 14 y 20 de
octubre, 14 y 18 de noviembre, respectivamente, todos del 2011.
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
DFOE-DL-1143 ...
Fecha publicación: 23/12/2011
Fecha emisión: 12/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 11459
FAX Nro. 2230-2090
18 de noviembre, 2011
DFOE-DL-1051
Licenciado
Víctor Morales Mora
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Estimado señor:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto extraordinario Nro. 2-2011
de la Municipalidad de Aserrí.
Con la aprobación parcial de la Contraloría General de la Republica se remite
el presupuesto extraordinario Nro. 2-2011 de esa Municipalidad, por un monto de
¢923.279,00.
Al respecto, se indica lo siguiente:
1) Se imprueba la aplicación dada a los recursos provenientes del aporte
del Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven, por la suma de
¢636.592,00, por cuanto se incluyen en el Programa I, siendo lo correcto
considerarlo en el Programa II, Servicio 09 o 10, de conformidad con la estructura
programática presupuestaria vigente.
La suma resultante de la improbación indicada en el párrafo anterior,
deberá trasladarse a la partida de Cuentas especiales en la subpartida de “Sumas
con destino específico sin asignación presupuestaria” y reflejar el ajuste en los
informes de ejecución presupuestaria.
2) En la sección de ingresos deberá ser reclasificada por esa
Administración la transferencia proveniente del Consejo Nacional de la Política
Pública de la Persona Joven como “Transferencias corrientes de Órganos
Desconcentrados”, lo cual deberá reflejarse así en los informes de ejecución
presupuestaria y en el Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos (SIPP).
Lo anterior, de conformidad con los clasificadores vigentes de ingresos e
institucional.
3) La incorporación de los recursos de vigencias anteriores por concepto
de Superávit específico se aprueba de confo ...
Fecha publicación: 02/12/2011
Fecha emisión: 18/11/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 08522
08 de setiembre de 2011
DJ-0995-2011
Señores
Emilio Arias Rodríguez
María Lourdes Echandi Gurdián
Miembros, Junta Directiva
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
(ARESEP)
Estimados señores:
Asunto: Se rechaza solicitud de reconsideración en relación con la opinión jurídica no
vinculante emitida mediante oficio No. 07094 (DJ- 0828- 2011) de fecha 3 de agosto de 2011.
Nos referimos a su escrito, sin número, presentado a esta Contraloría General de la República
el día 16 de agosto del año en curso, mediante el cual se solicita evaluar la pertinencia de reconsiderar
la opinión jurídica no vinculante contenida en el oficio No. 07094 (DJ-0828-2011) de fecha 3 de
agosto de 2011, emitida por la División Jurídica de la Contraloría General de la República.
Sobre el particular, indican los solicitantes, con el objetivo de ampliar los antecedentes de la
consulta planteada por el Regulador General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, en
oficio número 288- RG- 2011, que en su oportunidad esa autoridad, consultó a la Procuraduría General
de la República que si en vista de que el artículo 1º de la ley de creación de la ARESEP dispone que
esa institución “no se sujetará a los lineamientos del Poder Ejecutivo en el cumplimiento de las
atribuciones que se le otorgan en esta ley”, cabría concluir que la ARESEP se encontraba fuera del
alcance del poder de dirección del Poder Ejecutivo, el cual se concretiza en el dictado de directrices,
como la aludida.
Igualmente, señalan los gestionantes que la Procuraduría General de la República al resolver la
consulta en su dictamen vinculante No. C-102-2006 de fecha 7 de marzo de 2006, determinó que el
Poder Ejecutivo sí está en capacidad de vincular a la ARESEP mediante una directriz dirigida a regular
temas como el salarial y de austeridad.
Asimismo, manifiestan que si bien el pronunciamiento de la Procu ...
Fecha publicación: 02/09/2011
Fecha emisión: 30/08/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 07094
03 de agosto de 2011
DJ-0828-2011
Señor
Dennis Meléndez Howell
Regulador General
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Estimado señor:
Asunto: Opinión jurídica no vinculante. Se atiende consulta planteada por el Regulador
General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, sobre el ámbito
de aplicación de la Directriz- 13- H emitida el 4 de marzo del 2011, por la
Presidencia de la República conjuntamente con el Ministro de Hacienda.
Nos referimos a su oficio número 288- RG- 2011, presentado a esta Contraloría General de
la República el día 8 de junio del año en curso, mediante el cual se consulta sobre el ámbito de
aplicación de la Directriz-13-H, emitida el 4 de marzo del 2011, por la Presidencia de la República,
conjuntamente con el Ministro de Hacienda.
I. Consideraciones previas.
Señala el consultante que en Alcance No. 13-A a La Gaceta número 45 de fecha 4 de marzo
de 2011, se publicó la Directriz No. 013-H, la cual dispone una serie de lineamientos para la
reducción del gasto público y la racionalización de su uso, entre los que se encuentran los
siguientes: 1) No creación de plazas en el sector público; 2) No utilización de plazas vacantes con
las excepciones allí indicadas, y 3) Las entidades públicas en su conjunto reducirán mediante
modificación presupuestaria un veinte por ciento (20%) de sus presupuestos aprobados,
exceptuándose las partidas de remuneraciones, transferencias y el servicio de la deuda pública,
incluyendo la sub- partida de información.
Asimismo, indica el consultante que el artículo 9 de la mencionada directriz, enumera un
listado de instituciones públicas que están excepcionadas de la aplicación de la directriz, entre las
cuales no se encuentra la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).
De igual manera, el consultante manifiesta tener dudas razonables sobre la aplicación de esa
di ...
Fecha publicación: 09/07/2011
Fecha emisión: 06/07/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Institucionas Autonomas, Canones
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 04416
18 de mayo de 2011
DJ-0535-2011
Licenciado
Gonzalo Chacón Chacón
Auditor Interno
MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ
Estimado señor:
Asunto: Consulta relacionada con el pago de prohibición al Vice-Alcalde Municipal.
Damos respuesta a su oficio N° AU-011-2011, recibido el 7 de abril pasado, mediante el
cual consulta si al primer Vice-Alcalde Municipal le rige la prohibición estipulada en los artículos
14 y 15 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley N°
8422 del 6 de octubre de 2004), o si le aplica la dedicación exclusiva referida en el artículo 20 del
Código Municipal (Ley N° 7794 del 30 de abril de 1998).
Cabe señalar, que junto al oficio de consulta se aporta el criterio jurídico de esa
municipalidad, externado mediante el oficio de la División Jurídica interna N° DJ-035-03-11 del 9
de marzo de 2010, en el cual se estima que a la primera Vice-Alcaldesa debe aplicársele el
porcentaje correspondiente por concepto de dedicación exclusiva con arreglo a lo dispuesto en el
artículo 20 del Código Municipal.
CRITERIO DEL DESPACHO
Sobre el particular, observamos que el tema de interés ya fue consultado a la Contraloría
General por la Coordinadora de Recursos Humanos de esa misma municipalidad (oficio N° RH-
076-11 del 14 de marzo de 2011), aportando en su momento el mismo criterio jurídico interno N°
DJ-035-03-11.
Vale apuntar, que dicha consulta fue atendida por este órgano contralor a través del
memorial N° 4158 (DJ-502-2011) del 11 de mayo de 2011, en el cual se indicó que, de conformidad
con la reforma hecha al artículo 20 del Código Municipal (operada por Ley N° 8611 del 12 de
noviembre de 2007), el legislador dispuso el reconocimiento de prohibición a quien ocupe el cargo
-2-
de primer Vice-Alcalde municipal y no de dedicación exclusiva, no debiendo perder de vista ...
Fecha publicación: 21/05/2011
Fecha emisión: 18/05/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Dedicacion Exclusiva , Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Alcalde y Vicealcaldes
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 04158
11 de mayo del 2011
DJ-0502-2011
Señora
Johanna Corrales Sibaja
Coordinadora de Recursos Humanos
MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ
Estimada señora:
Asunto: Consulta relacionada con el plus salarial por aplicar a la vicealcaldesa municipal.
Nos referimos a su oficio N° RH 076-11, recibido el 14 de marzo pasado, mediante el cual
consulta al órgano contralor si el pago del plus sobre el salario base de la vicealcaldesa
municipal, corresponde a prohibición o a dedicación exclusiva.
Cabe mencionar, que al memorial de consulta se acompañó copia del criterio de la División
Jurídica Interna N° DJ-035-03-11, en el cual se concluyó lo siguiente:
“b) Una vez establecido el salario base de la primera vicealcaldesa se le
debe aplicar el porcentaje correspondiente por concepto de “dedicación
exclusiva” (35%: Bachiller y 55%: Licenciatura), según los parámetros del
artículo 20 del Código Municipal”.
I
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
De previo a dar respuesta a las interrogante planteada, debe advertirse que en el
ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el
diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma
referirse a casos y situaciones concretas.
Este proceder se funda, en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la
solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que
genera emitir un pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas
particularidades y detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y
suficientemente informado.
Lo anterior no impide, sin embargo, emitir un pronunciamiento general respecto a
consultas vinculadas con el ámbito competencial de la Contralorí ...
Fecha publicación: 13/05/2011
Fecha emisión: 10/05/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Dedicacion Exclusiva , Alcalde y Vicealcaldes
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 03524
25 de abril, 2011
DFOE-DL-0286
Licenciado
Víctor Morales Mora
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ
Estimado señor:
Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario Nro. 1-2011 de la
Municipalidad de Aserrí.
Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se remite el
presupuesto extraordinario Nro. 1-2011 de esa Municipalidad, documento que se
recibió para su trámite el 25 de marzo de 2011, por un monto de ¢331.840.900,95.
Al respecto se le indica lo siguiente:
1. La incorporación de los recursos de vigencias anteriores, por concepto
de superávit específico por ¢331.840.900,95, se aprueba con base en el resultado
de la liquidación aprobada por el Concejo Municipal y remitida por esa Municipalidad
mediante el oficio Nro. DC-13-2011 de fecha 16 de febrero del presente año.
2. En la aplicación de los recursos provenientes de partidas específicas,
queda a entera responsabilidad de esa Administración verificar la finalidad exacta
establecida en la Ley que les da origen. Asimismo, será responsable de velar
porque esos recursos se administren tal y como lo establece la Ley Nro. 7755,
relativa al Control de las partidas específicas asignadas con cargo al Presupuesto
Nacional, del 23 de febrero de 1998. Además, se debe atender lo señalado en los
artículos 5, 7 y 25 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General, así como las
regulaciones contempladas en la Circular Nro. 14299 (DFOE-188-2001) del 18 de
diciembre de 2001.
3. En la ejecución de los gastos propuestos y financiados con los recursos
de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria Nro. 8114, será responsabilidad de
esa Administración Munic ...
Fecha publicación: 29/04/2011
Fecha emisión: 15/04/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 03570
25 de abril, 2011
DCA-1040
Señor
Luis Fernando Sequeira Solís
Auditor Interno
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta relacionada con el registro extemporáneo en el Sistema Integrado de
Actividad Contractual (en adelante SIAC), de la contratación directa 2010CD-000112-ARESEP.
Nos referimos a su oficio PROV-00365-2010, de fecha 24 de enero de dos mil once
recibido el día 25 del mismo mes y año, por medio del cual solicita el refrendo del contrato referido
en el asunto.
I. Antecedentes de la consulta.
La auditoría Interna de la Autoridad Reguladora de los Servicio Públicos, expone lo
siguiente:
-Que de conformidad con el estudio que se está realizando en la Auditoría Interna sobre la
“Evaluación del proceso de contratación para el alquiler del edificio Multipark se observa que el
Registro en el SIAC de la contratación Directa 2010 CD-000112-ARESEP se aplicó en forma
extemporánea
-Que la Administración activa reconoce el acto administrativo y consulta al Lic. José
Antonio Solera Víquez, consultor legal, si ese hecho generar conlleva alguna responsabilidad.
-Que mediante oficio JASV-010-2010 del 19 de marzo de 2010, el Lic. Solera indica al
Regulador General Dr. Fernando Herrero A, lo siguiente:
“…6. En el criterio del suscrito, en ningún momento se ha pretendido soslayar la formalidad de la
conformación de un expediente ni hacer los registros correspondientes, si no que estos
requerimientos se han cumplido según las características propias de la modalidad de selección del
contratista que se ha empleado en este caso de conformidad con el ordenamiento jurídico. Lo
anterior de ninguna manera es generador de responsabilidades de ningún tipo, toda vez que para
ello se requieren actuaciones negligentes, originadas en una culpa grave o dolo y el caso pre ...
Fecha publicación: 28/04/2011
Fecha emisión: 25/04/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA